¿Qué tipos de contratos tenemos?
22 de junio de 2016

Como una de las asesorías de empresa de Logroño podemos ayudarte en la gestión de los contratos. ¿Sabes qué modalidades reconoce nuestra legislación laboral? Lo vemos en las siguientes líneas.


A pesar de que muchas voces llevan tiempo defendiendo la necesidad de un contrato único, a día de hoy tenemos varios tipos de contratación: a tiempo parcial, indefinido, temporal, formativo, de relevo, de interinidad por obra y servicio, eventual por circunstancias de la producción. En Bretón Bretón & Asociados te asesoraremos acerca del más conveniente para cada uno de tus empleados. Si es a tiempo parcial, el trabajador presta sus servicios determinado número de horas al día, a la semana, al mes o al año. Puede ser indefinido o temporal. Con el contrato fijo-discontinuo el trabajador realiza trabajos fijos y periódicos dentro del volumen habitual de la actividad de la empresa.


El contrato formativo puede ser de prácticas o para la formación y el aprendizaje. El de prácticas no puede superar los dos años. El título universitario o de FP exigido tiene que haber sido obtenido como mucho hace 5 años. Con el contrato por interinidad se sustituye a trabajadores que mantienen el derecho a volver a sus puestos de trabajo. Es el caso de las bajas por maternidad, paternidad, enfermedad o las excedencias. Como una de las asesorías de empresa de Logroño te recordamos que el contrato por obra y servicio se formaliza para que el trabajador realice obras o servicios concretos dentro de la actividad de la empresa. El contrato eventual por circunstancias de la producción responde a las exigencias circunstanciales del mercado. Con el contrato relevo se sustituye a un trabajador que se jubila de forma parcial. Nos queda el indefinido, sin fecha de finalización determinada. En función del motivo de la extinción de un contrato, el trabajador tiene o no derecho a indemnización.

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