Como una de las asesorías de empresa de Logroño podemos ayudarte en la gestión de los contratos. ¿Sabes qué modalidades reconoce nuestra legislación laboral? Lo vemos en las siguientes líneas.
A pesar de que muchas voces llevan tiempo defendiendo la necesidad de un contrato único, a día de hoy tenemos varios tipos de contratación: a tiempo parcial, indefinido, temporal, formativo, de relevo, de interinidad por obra y servicio, eventual por circunstancias de la producción. En Bretón Bretón & Asociados te asesoraremos acerca del más conveniente para cada uno de tus empleados. Si es a tiempo parcial, el trabajador presta sus servicios determinado número de horas al día, a la semana, al mes o al año. Puede ser indefinido o temporal. Con el contrato fijo-discontinuo el trabajador realiza trabajos fijos y periódicos dentro del volumen habitual de la actividad de la empresa.
El contrato formativo puede ser de prácticas o para la formación y el aprendizaje. El de prácticas no puede superar los dos años. El título universitario o de FP exigido tiene que haber sido obtenido como mucho hace 5 años. Con el contrato por interinidad se sustituye a trabajadores que mantienen el derecho a volver a sus puestos de trabajo. Es el caso de las bajas por maternidad, paternidad, enfermedad o las excedencias. Como una de las asesorías de empresa de Logroño te recordamos que el contrato por obra y servicio se formaliza para que el trabajador realice obras o servicios concretos dentro de la actividad de la empresa. El contrato eventual por circunstancias de la producción responde a las exigencias circunstanciales del mercado. Con el contrato relevo se sustituye a un trabajador que se jubila de forma parcial. Nos queda el indefinido, sin fecha de finalización determinada. En función del motivo de la extinción de un contrato, el trabajador tiene o no derecho a indemnización.
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